domingo, 9 de octubre de 2011

DICCIONARIO: REBUS SIC STANTIBUS (SENCILLA-MENTE)

Rebus sic stantibus

 De Wikipedia, la enciclopedia libre

Rebus sic stantibus es una expresión latina, que puede traducirse como "estando así las cosas", que hace referencia a un principio de Derecho, en virtud del cual, se entiende que las estipulaciones establecidas en los contratos lo son habida cuenta de las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, esto es, que cualquier alteración sustancial de las mismas puede dar lugar a la modificación de aquellas estipulaciones.

SSTS DE 19 DE ABRIL DE 1985, 27 DE JUNIO DE 1984, 9 DE MAYO DE 1983: Para que quepa la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus se deben dar una serie de circunstancias o requisitos:

1. Que entre las circunstancias existentes en el momento de celebración del contrato y las concurrentes en el momento de su cumplimiento o ejecución se haya producido una alteración extraordinaria.

2. Que, a consecuencia de dicha alteración, resulte una desproporción exorbitante y fuera de todo cálculo entre las prestaciones convenidas
 
3. Que no exista otro medio (jurídicamente hablando) de remediar el desequilibrio sobrevenido de las prestaciones.

 4. Que las nuevas circunstancias fueran imprevisibles para las partes en el momento de celebración.

5. Que quien alegue la cláusula "rebus sic stantibus" tenga buena fe y carezca de culpa.

- ESTANDO ASÍ LAS COSAS - "Dura lex sed lex" - la cláusula "REBUS SIC STANTIBUS", debería ser aplicada en todos y cada uno de aquellos contratos donde esten implicados funcionarios públicos o dinero público, por TODOS Y CADA UNO de aquellos fiscales (Fiscalía Anticorrupción), jueces y magistrados sometidos - única y exclusivamente - al Imperio de la LEY. -

 Sencillamente (mente sencilla) bastaría en actuar - DE OFICIO - contra todas aquellas irregularidades que vienen siendo diariamente DENUNCIADAS EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, como hizo una Magistrada de un Juzgado de Instrucción de Las Palmas de Gran Canaria.

  - En aplicación de la cláusula "REBUS SIC STANTIBUS", se podrian acordar las MEDIDAS CAUTELARES correspondiente (CONTRA TODOS Y CADA UNO DE LOS ADMINISTRADORES DE DINERO PÚBLICO EN CUESTIÓN) a fin de que se paralicen - todos y cada uno - de los bienes muebles e inmuebles de los supuestos delincuentes (siempre hay que tener mucho respeto con la PRESUNCIÓN DE CULPABILIDAD), hasta que recaida una resolución judicial, en todos y cada uno, de los procedimientos judiciales que correspondan.

ESTANDO ASÍ LAS COSAS, sería un pequeño paso para los españoles y un gran paso para la DEMOCRACIA ESPAÑOLA.

No hay comentarios:

Publicar un comentario