Totalmente de acuerdo con el artículo publicado en La Provincia (8/01/2010), por Doña Pilar Cáceres Fernández, el cual acaba literalmente así:
- "Ninguna constitución es intocable, porque el Derecho es cambiante en todos los contextos geográficos-políticos-sociales. Y la nuestra puede ser modificada, en este y otros apartados necesarios, para acoplar la norma fundamental a la realidad de un Estado democrático europeo y avanzado" -
LA PROPIA CONSTITUCIÓN SEÑALA COMO DEBE LLEVARSE A EFECTO:
Artículo 168.
1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, al Capítulo II, Sección I del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.
TAMPOCO DEBEMOS OLVIDAR LO DISPUESTO EN SU PREÁMBULO:
La Nación Española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las Leyes conforme a un orden económico y social justo.
CONSOLIDAR UN ESTADO DE DERECHO QUE ASEGURE EL IMPERIO DE LA LEY COMO EXPRESIÓN DE LA VOLUNTAD POPULAR.
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y
Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente CONSTITUCIÓN (DE 1978)
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